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BOAM nº 8427 (27/06/2019)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

1289

Resolución de 26 de junio de 2019 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid por la que, con motivo de la celebración del Madrid Orgullo (MADO) 2019 los días 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de julio de 2019, se establecen distintas medidas de seguridad en horarios y espacios concretos.

 

- Autobuses de la Empresa Municipal de Transportes.

- Autobuses interurbanos de línea regular con inicio o final de trayecto en la zona sometida a las prohibiciones de circulación.

- Autobuses de transporte turístico de concesión municipal, con itinerario fijo y reiteración de horario y calendario.

- Vehículos adscritos a los servicios públicos municipales de limpieza viaria, mantenimiento de papeleras, Servicio de Limpieza Urgente (SELUR), vehículos empleados para la instalación, limpieza y mantenimiento de los sanitarios portátiles para Madrid Orgullo (MADO) 2019 y vehículos de recogida de residuos debidamente rotulados y acreditados.

- Vehículos adscritos al contrato de gestión de elementos de seguridad anti terrorista y vehículos de limpieza contratados por la organización del evento, debidamente acreditados.

- Unidades móviles de producción y retrasmisión audiovisual.

- Aquellos vehículos que aun sin estar incluidos en las categorías anteriores, reciban la autorización expresa de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias como medida excepcional.

 

La solicitud para obtener dicha autorización se dirigirá por escrito al correo seguridademergencias@madrid.es antes de las 23:59 horas del día 1 de julio de 2019, debiendo contener como mínimo:

 

A/ Motivación fundada que exprese la absoluta necesidad de solicitar esta medida excepcional.

 

B/ Marca, modelo, matrícula y características técnicas del vehículo con el que se pretende acceder a las zonas objeto de las restricciones.

 

En el caso de que se produzca alguna discordancia entre los datos del vehículo facilitados al realizar la solicitud y el vehículo que pretenda entrar en las zonas objeto de las restricciones, los agentes actuantes denegarán el paso al mismo, adoptando las medidas que requiera el caso concreto.

 

C/ En el caso de ser un vehículo destinado al transporte de mercancías, se deberá incluir un manifiesto de la carga que se porta.

 

Los agentes actuantes realizarán, si lo estiman necesario, comprobaciones tendentes a verificar si la carga portada se corresponde con lo manifestado. En el caso de discrepancias podrán denegar el paso al vehículo, adoptando las medidas que requiera el caso concreto.

 

D/ Filiación completa de la persona o personas que se hallarán en el vehículo objeto de la solicitud, bien como conductor/es, bien como acompañantes o pasajeros.

 

En el caso de que los agentes actuantes detecten en el interior del vehículo persona/s diferentes a las sometidas a la autorización, o existan discrepancias en cuanto a las filiaciones, denegarán el paso al mismo, adoptando las medidas que requiera el caso concreto.

 

En base a criterios exclusivos de seguridad, la Coordinación General de Seguridad y Emergencias, considerará en cada caso concreto, si procede o no autorizar la excepción a las medidas adoptadas mediante la presente resolución.

 

La autorización se realizará por escrito y de forma expresa y será remitida a la dirección de correo electrónico que facilite el interesado. El silencio administrativo será interpretado de forma negativa. En dicha autorización figurarán todos los datos del solicitante y que se enumeran en los puntos anteriores.

 

Para circular por las zonas objeto de las restricciones, será condición indispensable el mostrar a los agentes actuantes la autorización extendida por la Coordinación General de Seguridad y Emergencias. Además de la mera exhibición, será necesaria la absoluta coincidencia entre los datos de la solicitud y el vehículo y personas que pretendan circular dentro del perímetro de seguridad.

 

4.ª Sin perjuicio de cualquier otra limitación de circulación que pudiera ser necesario adoptar, todos los vehículos que de manera reglada o mediante las excepciones contempladas en la presente resolución, circulen por las zonas objeto de las restricciones, se verán sometidos a las modificaciones o limitaciones de circulación que por razón de la celebración del Madrid Orgullo (MADO) 2019 y con criterios de seguridad y movilidad, se establezcan en cada caso concreto por los agentes de la autoridad.

 

SEGUNDO: Acordar las siguientes medidas de prohibición de estacionamiento los días 3, 5, 6 y 7 de julio de 2019:

 

1.ª La prohibición de estacionar a todo tipo de vehículos, incluyéndose ciclomotores y bicicletas, exceptuándose aquellos que se especifiquen en la presente resolución, dentro de los perímetros que se determinan a tal efecto, los días y horas que se especifican a continuación:

 

DÍA 3 DE JULIO DE 2019:

 

Desde las 18:00 horas hasta las 23:59 en la Plaza de Pedro Zerolo y en las siguientes vías adyacentes:

 

• Calle de las Infantas, desde su confluencia con la calle de Barbieri hasta la calle de Hortaleza.

• Calle del Clavel, desde la Gran Vía hasta la plaza de Pedro Zerolo.

• Costanilla de Capuchinos en su totalidad.

• Calle de San Bartolomé, desde la plaza de Pedro Zerolo hasta la calle San Marcos.

 

DÍAS 5, 6 Y 7 DE JULIO DE 2019:

 

Desde las 17:00 horas del día 5 de julio de 2019 hasta las 09:00 horas del día 7 de julio de 2019, dentro del perímetro del Barrio de Justicia del Distrito de Centro comprendido entre las calles Hortaleza, Fernando VI, Bárbara de Braganza, paseo de Recoletos, Alcalá y Gran Vía, concretamente en las siguientes vías:

 

• Calle de la Reina.

• Calle de las Infantas (desde la calle de Hortaleza hasta la calle del Barquillo).

• Calle de San Marcos (desde la calle de Hortaleza hasta la calle del Barquillo).

• Calle Piamonte.

• Calle Marqués del Monasterio.

• Calle San Lucas.

• Travesía de San Mateo (desde la calle de Hortaleza hasta la calle Pelayo).

• Calle Belén.

• Calle del Barquillo.

• Calle del Marqués de Valdeiglesias.

• Calle de Víctor Hugo.

• Calle del Clavel.

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