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BOAM nº 7862 (08/03/2017)
Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

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Resolución de 27 de febrero de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo por la que se aprueba la convocatoria pública del “Premio Emprendedoras 2017” del Ayuntamiento de Madrid.

SEXTA.- Régimen de concesión del premio.

El régimen de concesión del premio que se convoca será el de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos. La presente convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y podrá consultarse en los portales de Internet http://sede.madrid.es y www.madridemprende.es.

 

SÉPTIMA.- Órgano instructor y resolución del procedimiento.

La instrucción del procedimiento se realizará por la Dirección General de Comercio y Emprendimiento del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, en los términos previstos por los artículos 22 y 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

El órgano instructor, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos, a la vista del expediente y valoración final del jurado, formulará la propuesta de resolución de los premios. La resolución de concesión de los premios, que pone fin a la vía administrativa, corresponde a la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.

Al no figurar en el procedimiento otros hechos, ni otras alegaciones que las realizadas por los participantes, se prescinde del trámite de audiencia, en base a lo preceptuado en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 42.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución de este procedimiento se dará a conocer a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica del mismo.

Las premiadas comunicarán a su vez al titular de la Dirección General de Comercio y Emprendimiento la aceptación o renuncia al premio. En caso de renuncia por la correspondiente participante al premio, este se concederá a la candidatura inmediatamente siguiente en orden de puntuación, lo que motivará una nueva resolución.

 

OCTAVA.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de treinta días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

NOVENA.- Lugar de presentación.

Las solicitudes deberán presentarse, junto con la documentación requerida, en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:

Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

DÉCIMA.- Documentación a presentar en cada fase del procedimiento.

El procedimiento de evaluación y resolución se dividirá en cuatro fases:

Primera fase:

Las interesadas en participar en la presente convocatoria deberán presentar la solicitud que estará a disposición de los interesados en los portales de Internet http://sede.madrid.es y www.madridemprende.es. La solicitud deberá presentarse debidamente cumplimentada en todos sus apartados y debidamente firmada por la persona con poder suficiente para ello. A dichos efectos, el solicitante deberá indicar en el impreso de solicitud la categoría del premio a la que opta.

A la solicitud debidamente cumplimentada se deberá adjuntar la siguiente documentación:

a) Categoría "Premio Idea Emprendedora 2017":

i) Resumen de la idea de negocio, con una extensión no superior a 7 hojas. El documento se presentará en papel y se cumplimentará con tipo de fuente Arial, tamaño 12 puntos, interlineado sencillo. 

ii) Las participantes deberán aportar una declaración responsable haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de estar, en su caso, al corriente de pago de las obligaciones tributarias, así como al corriente en el pago de sus cuotas con la Seguridad Social, así como no ser deudora de obligaciones por reintegro de subvenciones, ni tener deudas con el Ayuntamiento de Madrid. Estas declaraciones se entenderán efectuadas al marcar los campos correspondientes de la instancia.

b) Categoría "Premio Empresa 2017".

i) Resumen ejecutivo del plan de empresa, con una extensión no inferior a 7 hojas ni superior a 10 hojas. El documento se presentará en papel, y se cumplimentará con tipo de fuente Arial, tamaño 12 puntos, interlineado sencillo. 

ii) Los participantes deberán aportar una declaración responsable haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de estar, en su caso, al corriente de pago de las obligaciones tributarias, así como al corriente en el pago de sus cuotas con la Seguridad Social, así como no ser deudor de obligaciones por reintegro de subvenciones, ni tener deudas con el Ayuntamiento de Madrid. Estas declaraciones se entenderán efectuadas al marcar los campos correspondientes de la instancia.

Segunda fase:

Los 50 proyectos que obtengan la máxima puntuación, 25 para cada una de las categorías, conforme a los criterios de valoración establecidos en la cláusula duodécima, serán convocados a realizar una breve presentación ante el jurado, de un minuto y medio de duración, dando a conocer los aspectos clave de la idea o proyecto de negocio.

Concluida la presentación ante el jurado, este seleccionará los 10 proyectos que pasarán a la fase final, 5 para la cada una de las categorías.

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