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BOAM nº 7862 (08/03/2017)
Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

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Resolución de 27 de febrero de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo por la que se aprueba la convocatoria pública del “Premio Emprendedoras 2017” del Ayuntamiento de Madrid.

Tercera fase:

Los 10 candidatos finalistas serán requeridos para que, en un plazo de cinco días hábiles, presenten la siguiente documentación con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición:

Categoría "Premio Idea Emprendedora 2017":

  Documento "T" de Alta de pago por transferencia debidamente cumplimentado (Anexo II).

  Declaración responsable por la que se comprometen a constituirse como empresa antes del 30 de noviembre de 2017.

  En el caso de agrupación de personas físicas, escrito del compromiso de ejecución asumido por cada uno de los miembros que la integren y nombramiento de un representante único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones y derechos que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, incluido el cobro del premio, en su caso.

Categoría "Premio Empresa 2017":

Las solicitudes presentadas por persona física deberán aportar la siguiente documentación:

Plan de empresa que contenga, al menos, los contenidos establecidos en el Anexo I.

Copia de la escritura o documento de constitución y los estatutos en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.

Copia de la escritura de poder o documento acreditativo de la representación legal y de la identidad del representante.

Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con el fin de verificar la fecha de inicio de actividad de la empresa.

En el supuesto de que existan trabajadores contratados por cuenta ajena, documentación acreditativa de la inscripción de la empresa en el sistema de Seguridad Social y documento TC1 de cotización a la Seguridad Social del último año abonado de todos los centros de trabajo de la empresa solicitante.

Documento "T" de Alta de pago por transferencia debidamente cumplimentado (Anexo V).

En caso de no autorizar al Ayuntamiento de Madrid la consulta de datos a través de la Plataforma de Intermediación de Datos de la Administración General del Estado, se deberá presentar también:

Copia del DNI del administrador.

Alta en el Régimen de Seguridad Social que corresponda del administrador.

Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal y con la Seguridad Social.

El certificado de estar el corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid será solicitado de oficio por la Dirección General de Comercio y Emprendimiento.

Presentada la documentación requerida en el plazo establecido, las 5 ideas seleccionadas para la categoría "Premio Idea Emprendedora 2017" dispondrán de un plazo máximo de tres meses para elaborar el Plan de Empresa, contando para ello con la ayuda y supervisión de los técnicos de la red de viveros de empresas del Ayuntamiento de Madrid y tendrán a su disposición los espacios compartidos de negocio de la red de viveros de empresas del Ayuntamiento de Madrid.

Igualmente, los 5 proyectos seleccionados para la categoría "Premio Empresa 2017" dispondrán de este mismo plazo para mejorar su Plan de Empresa, de acuerdo a las observaciones e indicaciones de los técnicos de la red de viveros de empresas del Ayuntamiento de Madrid. También tendrán a su disposición cualquiera de los espacios compartidos de negocios de la red de viveros de empresas del Ayuntamiento de Madrid.

 

Todos los candidatos que hubieran presentado la documentación requerida en el plazo establecido serán convocados a realizar una breve presentación ante el jurado, de un minuto y medio de duración, dando a conocer los aspectos clave de la idea o proyecto de negocio.

Cuarta fase:

Transcurrido el plazo de tres meses concedido se convocará a las concursantes finalistas que hayan presentado al Ayuntamiento de Madrid su Plan de Empresa finalizado o mejorado, para que presenten ante el jurado, en una Demo Day, su proyecto ya maduro. El tiempo que dispondrán en esta ocasión para realizar la presentación será de tres minutos.

En ese mismo acto el jurado propondrá a la ganadora del "Premio Emprendedoras 2017" en cada una de sus categorías, "Premio Idea Emprendedora 2017 " y "Premio Empresa 2017".

El fallo del jurado será inapelable, pudiendo este acordar dividir cualquier modalidad del premio en dos partes iguales, conceder más de un accésit o declararlo desierto, si considera que las candidaturas presentadas no reúnen los méritos suficientes para ser premiadas o la calidad de las candidaturas así lo aconseja.

 

UNDÉCIMA.- Subsanación y mejora de la solicitud.

Si la documentación aportada fuera incompleta, o adoleciera de cualesquier otro defecto que se considere subsanable, de acuerdo con lo previsto en los artículos 68.1 y 73 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le requerirá al solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá dictarse en los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

 

DUODÉCIMA.- Criterios de valoración para la concesión de los premios.

La selección de los proyectos se realizará conforme a los siguientes criterios:

a) Categoría "Premio Idea Emprendedora 2017":

a.1) Criterios de creatividad e innovación (15 puntos):

Utilización de nuevas tecnologías para el desarrollo de la actividad.

Grado de innovación y diferenciación del modelo de negocio presentado con respecto al estado actual.

Grado de originalidad del modelo de negocio.

a.2) Criterios referentes al equipo emprendedor (10 puntos):

Competencias y capacidades claras para el éxito del negocio.

Conocimiento de la industria y/o ámbito del proyecto.

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