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BOAM nº 9111 (04/04/2022)
Distrito de Arganzuela

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Decreto de 10 de marzo de 2022 de la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela por el que se aprueban las bases de la convocatoria 2022-III Edición Certamen Literario “Benito Pérez Galdós”.

 

Posteriormente, de entre los preseleccionados un jurado elegirá a los ganadores. Este jurado estará presidido por la Concejala-Presidenta del Distrito de Arganzuela, o persona en quien delegue, y compuesto por el Secretario de la Junta Municipal de Arganzuela, el jefe de la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario del Distrito o funcionario del Distrito que le sustituya, que actuará como secretario del jurado, las directoras de los centros culturales del distrito y por profesionales del ámbito literario, académico, periodístico o editorial.

 

Las obras serán valoradas teniendo en cuenta su creatividad, originalidad, estilo y calidad literaria, por cada miembro del jurado.

 

Las deliberaciones del jurado serán secretas y se levantará acta de la reunión por la persona que realiza las funciones de secretario.

 

El fallo del jurado será inapelable, se hará público antes del 31 de octubre de 2022 y se comunicará a los premiados de forma individual. El jurado es el responsable de la interpretación de las bases, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas.

 

El jurado estará facultado para dejar desierto el certamen cuando las obras presentadas no alcancen la calidad literaria necesaria, o cuando no se haya presentado ningún participante.

 

9. Instrucción, resolución y entrega de premios.

 

La instrucción del procedimiento corresponde al Coordinador del Distrito, a través de la Unidad Servicios Culturales y Ocio Comunitario.

 

El órgano instructor, a la vista del fallo del jurado, formulará propuesta de resolución que se elevará a la Concejala-Presidenta.

 

Se prescinde del trámite de audiencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La resolución por la que se conceden los premios a cargo del distrito pone fin a la vía administrativa y se publicarán en Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra dicha resolución podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución y/o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución. 

 

10.  Retirada de obras.

 

Los trabajos que no hayan sido premiados podrán ser retirados por sus autores en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario hasta el 15 de noviembre de 2022, de lunes a viernes en horario de 10:00 a 14:00 horas.

 

Transcurrido el plazo que se indica para la recogida de dichos trabajos, los que no hayan sido retirados serán destruidos.

 

11.  Derechos de autor.

 

Los autores que hayan sido premiados ceden los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública de su obra ganadora al Ayuntamiento de Madrid, Distrito de Arganzuela. El distrito utilizará esta cesión para posibles exhibiciones, difusiones o publicaciones de carácter no venal. El Distrito de Arganzuela podrá llevar a cabo las acciones que considere oportunas para difundir las obras premiadas, con el fin de promocionar a los participantes en este certamen.

 

12.  Publicación.

 

La convocatoria del certamen se publicará conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 24.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013.

 

Los premios concedidos se publicarán en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica www.madrid.es.

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