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BOAM nº 8651 (01/06/2020)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

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Decreto de 28 de mayo de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se establecen medidas a adoptar como consecuencia de la entrada en vigor de la fase 1 de la desescalada en el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

Por Decretos de 11 y 12 de marzo de 2020 se establecieron medidas a adoptar como consecuencia de la epidemia de por covid-19 en el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte durante el estado de alarma.

 

Mediante Resolución de 20 de mayo de 2020, del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta el 7 de junio.

 

En virtud de la entrada en vigor de la Orden SND/442/2020, de 23 de mayo de 2020, por la que se modifica la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma, en la transición hacia una nueva normalidad, se aplica la fase 1 del Plan a la Comunidad de Madrid.

 

En consecuencia hay que proceder a dejar sin efecto algunas medidas adoptadas respecto a al cierre al público de centros culturales, instalaciones deportivas municipales y espacios gestionados por Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S.A.

 

En virtud de las competencias atribuidas en los apartados 3º.1.3, 3º.2.1 y 3.2.7 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, como Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

 

DECRETO

 

PRIMERO.- Disponer la apertura al público desde el 8 de junio de 2020 de todas las bibliotecas municipales y desde el 9 de junio de 2020 de todos los museos del Ayuntamiento de Madrid, Salas de Exposiciones y Planetario de Madrid, siempre y cuando se cumplan las medidas y protocolos sanitarios y se adecuen sus instalaciones para garantizar la protección tanto de los trabajadores como de los ciudadanos que los visiten, en virtud de las competencias atribuidas en los apartados 3º.1.3 y 3º.2.1 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

 

SEGUNDO.- Disponer la apertura del Estadio Vallehermoso desde 1 de junio de 2020, siempre y cuando se cumplan las medidas y los protocolos sanitarios y se adecuen sus instalaciones para garantizar la protección tanto de los trabajadores como de los posibles usuarios, en virtud de las competencias atribuidas en los apartados 3º.1.3 y 3º.2.7 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

 

TERCERO.- Habilitar al Consejero Delegado de Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S.A., a que proceda a la apertura al público de los siguientes espacios y centros, así como de sus Oficinas de Información Turística, de acuerdo con lo que se establezca en la normativa y siempre y cuando se cumplan los protocolos sanitarios y se adecuen sus instalaciones para garantizar la protección tanto de los trabajadores como de los ciudadanos que los visiten, en virtud de las competencias atribuidas en el apartado 3º.1.3 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte:

 

· Caja Mágica y Recintos Feriales.

· CentroCentro.

· Centro Cultural Conde Duque.

· Espacio Abierto: Quinta Los Molinos.

· Faro de la Moncloa.

· Matadero: (incluida Cineteca, Intermediae, el "Playground", Cafetería de las Naves y Centro de Residencias Artísticas).

· Medialab Prado.

· Teatro Circo Price.

· Teatro Español y Naves del Español en Matadero.

· Teatro Fernán Gómez. Centro Cultural de la Villa.

· Teatro de Títeres del Retiro.

 

CUARTO.- Habilitar a los Concejales Presidentes de los Distritos a que procedan a disponer la apertura de las instalaciones deportivas, así como a levantar la suspensión de todas las carreras y actos deportivos en vía pública, de acuerdo con lo que se establezca en la normativa y siempre y cuando se cumplan los protocolos sanitarios y se adecuen sus instalaciones para garantizar la protección tanto de los trabajadores como de los usuarios, en virtud de las competencias atribuidas en el apartado 3º.2.7 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

 

QUINTO.- Tanto el Consejero Delegado de Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S.A., como los Concejales Presidentes de los Distritos deberán comunicar a la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte las fechas de apertura de sus instalaciones.

 

Madrid, a 28 de mayo de 2020.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Andrea Levy Soler.

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