BOAM nº 8025 (03/11/2017)
Madrid Salud
2372
Resolución de 30 de octubre de 2017 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hace pública la relación de solicitudes que requieren ser subsanadas correspondientes a las ayudas de promoción interna del Organismo Autónomo Madrid Salud. Año 2017.Por Acuerdo de 21 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de la Comisión Técnica de Acción Social, en su sesión de fecha 2 de diciembre de 2016, que aprobó las bases generales de la convocatoria de las ayudas de acción social para 2017 así como las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social.
Conforme a la "Base Específica de la Ayuda de Promoción Interna", esta ayuda puede solicitarla exclusivamente los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, en los términos definidos en las bases generales.
Las Bases Generales de Acción Social en su artículo 4 regulan el procedimiento de tramitación y en cumplimiento del apartado 2 del mismo, corresponde publicar solicitudes que requieren ser subsanadas presentadas durante el periodo comprendido entre el 15 de septiembre de 2017 y el 17 de octubre de 2017, ambos inclusive, plazo de la convocatoria.
En virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia
RESUELVE
Primero.- Publicar en el Tablón de Anuncios de Madrid Salud, avenida del Mediterráneo, 62 y en la intranet municipal Ayre la relación de empleados públicos del Organismo Autónomo Madrid Salud, cuyas solicitudes requieren ser subsanadas, correspondientes a la Ayuda de Promoción Interna, presentadas durante el periodo comprendido entre el 15 de septiembre de 2017 y el 17 de octubre de 2017, ambos inclusive.
Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, extracto del anuncio.
En virtud de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida, de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición.
Madrid, a 30 de octubre de 2017.- El Gerente de Madrid Salud, Antonio Prieto Fernández.