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BOAM nº 8880 (05/05/2021)
Ayuntamiento Pleno

1052

Acuerdos de la sesión (4/2021), ordinaria del Pleno celebrada el día 30 de marzo de 2021.

"PRIMERO.- Aprobar las modificaciones incorporadas en el documento, aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 25 de febrero de 2020, del expediente de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana, para la mejora de la red pública dotacional, en las parcelas de la calle del Guadalete y la calle de Santa Catalina de Laboure, distrito de Carabanchel. Todo ello en cumplimiento del requerimiento de 27 de julio de 2020 del Director General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid y en los términos del informe técnico de la Dirección General de Planeamiento de 9 de marzo de 2021.

SEGUNDO.- Remitir el expediente a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid, para que el órgano correspondiente lo apruebe definitivamente, si procede, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 e) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid".

 

Punto 18. Adoptar el siguiente acuerdo:

"PRIMERO.- Estimar, estimar parcialmente y desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública, en los términos recogidos en los informes técnicos de la Dirección General de Planeamiento de 22 de mayo de 2020 y de 12 de marzo de 2021.

SEGUNDO.- Aprobar las modificaciones incorporadas al documento aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 29 de mayo de 2020, del expediente de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana, del Área de Ordenación Específica 00.08 "Parque Olímpico Sector Oeste", distrito de San Blas-Canillejas. Todo ello en los términos del Informe técnico de la Dirección General de Planeamiento de 12 de marzo de 2021 y en cumplimiento del requerimiento de 31 de julio de 2020 del Director General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid y a la vista de la Sentencia del Tribunal Supremo nº 1375/2020, de 21 de octubre, que declaró la conformidad a derecho de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana, relativa al Área de Ordenación Especial 00.08 "Parque Olímpico-Sector Oeste" y el Área de Planeamiento Específico 20.14 "Estadio de la Peineta", aprobada en 2016.

TERCERO.- Remitir el expediente a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid, para que el órgano correspondiente lo apruebe definitivamente, si procede, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 e) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid".

 

Punto 19. Adoptar el siguiente acuerdo:

"PRIMERO.- Desestimar la alegación presentada durante el periodo de información pública, por las razones y en los términos señalados en el informe de la Dirección General de Planeamiento de 8 de marzo de 2021.

SEGUNDO.- Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para el conjunto edificatorio situado en la calle de Almagro números 6 y 8, distrito de Chamberí, promovido por Gabinete de Estudio y Gestión Jurídica S.A. de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística".

 

Punto 20. Adoptar el siguiente acuerdo:

"PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para para el edificio situado en la ronda de la Comunicación número 5, distrito de Fuencarral, promovido por Borda Inmuebles, S.R.L.U., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística".

 

Punto 21. Adoptar el siguiente acuerdo:

"PRIMERO.- Desestimar la alegación presentada durante el periodo de información pública, por las razones y en los términos señalados en el informe de la Dirección General de Planificación Estratégica de 10 de marzo de 2021.

SEGUNDO.- Aprobar definitivamente el Plan Especial de mejora del medio urbano de la Colonia Quinta del Pilar, Distrito de Villaverde, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística".

 

Punto 22. Adoptar el siguiente acuerdo:

"PRIMERO.- Desestimar la alegación presentada durante el periodo de información pública, por las razones y en los términos señalados en el informe de la Subdirección General de Planeamiento de 4 de marzo de 2021.

SEGUNDO.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle para el edificio situado en la avenida de San Luis número 27, distrito de Hortaleza, promovido por Vivenio Residencial Socimi, S.A., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid en relación con los artículos 61.5 y 62.2 de la citada Ley.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística".

 

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