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BOAM nº 8371 (03/04/2019)
Distrito de Retiro

655

Decreto de 19 de marzo de 2019 del Concejal-Presidente del Distrito de Retiro por el que se aprueban las bases por las que se regirá la Convocatoria ordinaria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo para la anualidad 2019 y la Convocatoria anticipada para la anualidad 2020.

Los resultados obtenidos servirán como orientación a los solos efectos de evaluación del proyecto y no afectarán, en ningún caso, al importe final de la subvención.

- Ficha técnica para la descripción de los indicadores que contendrá: las actividades, la definición de lo que pretende medir, con expresión de la meta y su ponderación con respecto al conjunto del proyecto, así como el cargo de la persona responsable dentro de la entidad solicitante de recoger los datos del indicador.

- Apartado dedicado al presupuesto total del proyecto, diferenciando el importe de la subvención solicitada al Ayuntamiento, el importe obtenido a través de otras subvenciones y el de financiación de la propia entidad solicitante, en su caso.

Estos contenidos habrán de cumplimentarse por la entidad en el modelo Anexo I, Memoria explicativa.

 

Artículo 10.- Criterios de valoración para las subvenciones en la modalidad de Proyectos.

 

1.- Valoración de la entidad: hasta 15 puntos.

a) Representatividad: hasta 10 puntos.

Se valorará en este apartado el número de personas socias que integran la entidad. Este extremo se comprobará de oficio por el personal municipal de acuerdo con los datos obrantes en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos. Se otorgarán los puntos estableciendo, como máximo, 5 tramos de puntuación que reflejen la realidad cuantitativa de las asociaciones del distrito. La distribución de la puntuación se hará de acuerdo a la siguiente tabla:

Representatividad: hasta 10 puntos

                      Puntos

Con más de 300 socios

                          10

Con número de socios entre 250 y 300

                            8

Con número de socios entre 100 y 249

                            6

Con número de socios entre 50 y 99

                            4

Con número de socios inferior a 50

                            2

 

b) Antigüedad: hasta 5 puntos.

Se valorará en este apartado la fecha de inscripción en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos. Este extremo se comprobará de oficio por el personal municipal de acuerdo con los datos obrantes en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos, atendiendo a la siguiente distribución:

- Entidades inscritas hasta el 31/12/1998: 5 puntos.

- Entidades inscritas en el periodo de 1999 a 2007: 3 puntos.

- Entidades inscritas en el periodo de 2008 a 2016: 1 puntos.

- Entidades inscritas a partir de 2017: 0 puntos.

2.- Valoración del proyecto: hasta 85 puntos.

a) Justificación y fines del proyecto: hasta 45 puntos.

Se valorará que los proyectos desarrollen actividades de interés público-social, fomentando la participación activa de los asociados. Asimismo, se valorará que los fines que se pretenden conseguir, tengan especial relevancia para la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas, atendiendo a la siguiente distribución:

- Desarrollen actividades de interés público-social: hasta 15 puntos. Valorándose hasta un máximo de 15 puntos los que desarrollen su actividad dentro del Distrito y se dirijan a la población del Distrito de Retiro primordialmente, hasta un máximo de 10 puntos los que desarrollen su actividad en el ámbito municipal, y hasta 5 puntos los que desarrollen su actividad en el ámbito de comunidad autónoma y nacional.

- Fomento de la participación activa de los asociados: hasta 15 puntos Valorándose hasta un máximo de 15 puntos los que desarrollen su actividad dentro del Distrito y se dirijan a la población del Distrito de Retiro, hasta un máximo de 10 puntos los que desarrollen su actividad en el ámbito municipal, y hasta 5 puntos los que desarrollen su actividad en el ámbito de comunidad autónoma y nacional.

- Relevancia de los fines para la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas: Valorándose hasta un máximo de 15 puntos los que desarrollen su actividad dentro del Distrito de Retiro y se dirijan a la población del Distrito de Retiro, hasta un máximo de 10 puntos los que desarrollen su actividad en el ámbito municipal, y hasta 5 puntos los que desarrollen su actividad en el ámbito de comunidad autónoma y nacional.

b) Descripción del proyecto: hasta 25 puntos.

Se tendrá en cuenta la claridad y precisión de la descripción de las actividades, así como de la adecuación y concreción de los medios técnicos, personales y materiales que la entidad destina al desarrollo del proyecto. Asimismo, se tendrá en cuenta que el proyecto presente una clara, concreta y adecuada fundamentación de su necesidad.

- Claridad y precisión en la descripción del proyecto: hasta 5 puntos.

- Adecuación y concreción de los medios destinados al proyecto: hasta 10 puntos.

- Fundamentación de la necesidad y pertinencia del gasto: hasta 10 puntos.

c) Aspectos innovadores: hasta 15 puntos.

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