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BOAM nº 8893 (24/05/2021)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1277

Acuerdo de 20 de mayo de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se somete a consulta pública previa la modificación de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula en su artículo 133 la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos, señalando que con carácter previo a la elaboración de la norma, se sustanciará una consulta pública previa en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma.

 

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada ley, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobó, mediante Acuerdo de 20 de octubre de 2016, las Directrices sobre consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales.

 

El Ayuntamiento de Madrid ha iniciado un procedimiento de revisión de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, con el objeto de modificar parcialmente su contenido en determinados aspectos y dar cumplimiento a la proposición número 2019/8001421 aprobada por el Pleno en su sesión ordinaria de 20 de diciembre de 2019.

 

En particular, la modificación responde a varios objetivos como son: la mejora de la gestión de subvenciones aportando una mayor claridad y seguridad jurídica en determinados aspectos hasta ahora no regulados expresamente en la ordenanza; incorporar determinados requisitos o limitaciones en los supuestos en los que se permite excepcionar la regla general de publicidad y concurrencia; y, finalmente, diseñar un nuevo modelo de planificación estratégica de subvenciones.

 

Sin perjuicio de lo anterior, la modificación parcial de la ordenanza integrará asimismo las propuestas de actualización, simplificación o mejora de la calidad regulatoria analizadas por la Coordinación General de la Alcaldía en su Informe de Revisión de las Ordenanzas y Reglamentos del Ayuntamiento de Madrid.

 

Independientemente del proceso de debate municipal interno de modificación parcial de la ordenanza, se considera conveniente someter a consulta pública las cuestiones generales relativas a esta modificación para conocer la opinión de la ciudadanía.

 

Tal y como establecen las mencionadas directrices, corresponde a la Junta de Gobierno, a propuesta de la Coordinación General de la Alcaldía o de los titulares de las áreas de gobierno competentes por razón de la materia, acordar el sometimiento a consulta pública de las iniciativas normativas.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de las directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 20 de mayo de 2021,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Someter a consulta pública previa durante un plazo de 15 días naturales la propuesta de modificación de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013.

 

SEGUNDO.- El acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 20 de mayo de 2021.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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