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BOAM nº 9248 (21/10/2022)
Agencia para el Empleo

3002

Resolución de 18 de octubre de 2022 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueban la modificación de la convocatoria, reajustes de anualidades y autorización del gasto de becas de ayudas al estudio correspondientes a las acciones formativas no presenciales iniciadas desde el 1 de enero de 2020 y finalizadas hasta el 30 de septiembre de 2021.

Con objeto de incentivar la participación de las personas desempleadas en los cursos de formación, la Agencia para el Empleo de Madrid mediante Resolución de 16 de julio de 2020 aprobó la convocatoria de becas de ayudas al estudio destinadas a las personas desempleadas participantes en las acciones formativas no presenciales iniciadas desde el 1 de enero de 2020 y finalizadas hasta el 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive.

 

De acuerdo con lo expuesto, en virtud de lo establecido en los artículos 15.1 b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid (BOCM núm. 154/2004, de 30 de junio),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar la modificación de la convocatoria de becas de ayuda al estudio, destinadas a las personas desempleadas participantes en las acciones formativas no presenciales iniciadas desde el 1 de enero de 2020 y finalizadas hasta el 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive, aprobada por Resolución el 16 de julio de 2020 y publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 21 de julio de 2020, en los artículos, apartados y párrafos que se citan a continuación y que quedan redactados en los siguientes términos:

 

Artículo 2.- Financiación.

 

1.- Las becas de ayuda al estudio que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

 

503/141/241.03/482.01 "Becas" Políticas Activas de Empleo Municipales 503/141/232.01/482.01 "Becas" Fondo de Reequilibrio Territorial.

 

2.- El crédito destinado a esta convocatoria asciende a un total de un millón de euros con la siguiente distribución:

 

- Ejercicio 2020: Se destinará un crédito inicial de cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000,00 €) de los créditos disponibles del Presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid para dicho ejercicio, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 503/141/241.03/482.01 "Becas" por importe de cuatrocientos veinte mil euros (420.000 €) y a la 503/141/232.01/482.01 "Becas" por importe de treinta mil euros (30.000 €).

 

- Ejercicio 2021-2022: Se destinará un crédito inicial de quinientos cincuenta mil euros (550.000,00 €) de los créditos disponibles del Presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid para dicho ejercicio, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 503/141/241.03/482.01 "Becas", por importe de cuatrocientos noventa mil euros (490.000 €) y 503/141/232.01/482.01, por importe de sesenta mil euros (60.000 €).

 

Dicha distribución del crédito se considera estimativa en los programas 241.03 y 232.01, a los efectos de la posible alteración de la distribución de los créditos.

 

La concesión de la subvención quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión dentro de los presupuestos de los ejercicios 2020, 2021 y 2022.

 

Artículo 7.- Instrucción (párrafo noveno).

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.4 de la Ley General de Subvenciones el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses que se computarán desde la fecha de publicación de la modificación de la convocatoria.

 

SEGUNDO.- Reajustar las anualidades y autorizar, como consecuencia de la modificación de la convocatoria, un gasto de quinientos catorce euros (514,00 €) de los créditos disponibles del Presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid correspondientes al año 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria “Becas” 503/140/241.03/482.01.

 

TERCERO.- Publicar la presente resolución en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la página web www.madrid.es/agenciaparaelempleo y tablón de anuncios de la sede central, tal como se señala en el artículo 7 y 13 de la convocatoria.

 

Madrid, a 18 de octubre de 2022.- El Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid, José María Meneses Castillo.

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