BOAM nº 9087 (01/03/2022)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
533
Resolución de 25 de febrero de 2022 de la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se prorroga el período de aviso establecido, mediante Resolución de 17 de diciembre de 2021, respecto al control automatizado del cumplimiento de la normativa de Madrid Zona de Bajas Emisiones por los dispositivos foto-rojos situados en el interior de M-30.En aplicación de lo previsto en el artículo 242.4 de la OMS, en ejercicio de la competencia delegada por el apartado 13.º. 3.1 del Anexo del Acuerdo de 4 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad,
RESUELVO
PRIMERO.- Prorrogar el periodo de aviso establecido mediante Resolución de 17 de diciembre de 2021, antes de la implantación definitiva de los quince dispositivos foto-rojos situados en el interior de la vía M-30, relacionados en el anexo, como medios técnicos automatizados de control de los accesos y circulación de Madrid Zona de Bajas Emisiones, por el plazo dos meses, contados desde las 00:00 horas del día 1 de marzo de 2022 hasta las 00:00 horas del día 1 de mayo de 2022, exclusivamente respecto de la vigilancia, el control y denuncia automatizada de infracciones al artículo 21 y la disposición transitoria primera apartado 2 de la vigente Ordenanza de Movilidad Sostenible.
Dicho período de aviso no afecta al resto de funcionalidades de control automatizado de los dispositivos foto-rojos relacionados en el anexo.
SEGUNDO.- La presente resolución producirá efectos desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación oficial en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
TERCERO.- La resolución se publicará electrónicamente en el portal web municipal www.madrid.es, en el que se informará de la ubicación de los dispositivos foto-rojos cuya función de control automatizado de los accesos y circulación a Madrid Zona de Bajas Emisiones se somete a periodo de aviso en los términos establecidos en el dispositivo primero.
CUARTO.- Contra la presente resolución podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de la presente resolución, de conformidad con los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de la presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente.
Madrid, a 25 de febrero de 2022.- La Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, Marta Alonso Anchuelo.