Saltar navegación

BOAM nº 9977 (03/10/2025)
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad

3619

Decreto de 29 de septiembre de 2025 del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad por el que se acuerda la concesión de los premios de la convocatoria de los Certámenes Escolares de Creación Plástica, Creación Literaria y de Teatro 2025.

Mediante Decreto de fecha 10 de diciembre de 2024 se aprobó la convocatoria de los Certámenes Escolares de Creación Plástica, de Creación Literaria y de Teatro 2025 de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.

 

Tras cumplimentarse los trámites previstos en la convocatoria, la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado propone informe de resolución según artículo 12 de la convocatoria.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.Conceder los premios de los Certámenes Escolares de Creación Plástica, Creación Literaria y de Teatro 2025 a los centros y a los directores/as de los grupos de teatro que figuran relacionados en el Anexo I de este decreto, formando parte inseparable del mismo, una vez sumadas las puntuaciones parciales de cada uno de los criterios de valoración recogidos en el artículo 12 de la convocatoria aprobada por Decreto de 10 de diciembre de 2024.

 

SEGUNDO.- Desestimar el resto de las solicitudes presentadas en los Certámenes Escolares de Creación Plástica, Creación Literaria y de Teatro 2025 que figuran relacionadas en el Anexo II de este decreto, formando parte inseparable del mismo, por las causas que se indican en el mismo.

 

TERCERO.- Declarar desiertos, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la convocatoria, el Premio Especial Categoría C del Certamen Escolar de Creación Plástica 2025, y los Premios Especiales de las modalidades de Poesía y Prosa de la Categoría B del Certamen Escolar de Creación Literaria 2025, al no haberse presentado ningún proyecto en dichas categorías y modalidades.

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses ante el órgano jurisdiccional competente a que se refiere el siguiente apartado (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

2. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). El recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su sede el órgano que hubiere dictado la disposición o el acto originario impugnado (artículos 8.1 y 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Madrid, a 29 de septiembre de 2025.- El Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.

Subir Bajar