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BOAM nº 8013 (17/10/2017)
Agencia para el Empleo

2232

Resolución de 11 de octubre de 2017 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a empresas y asociaciones empresariales que desarrollen proyectos de formación con compromiso de contratación de jóvenes en los sectores de medioambiente, eficiencia energética, belleza e imagen y comercio y hostelería.

- Información para la evaluación del proyecto que incluirá la determinación de los objetivos específicos que se pretenden con el mismo.

- Los indicadores de mayor peso serán los cuantitativos y referidos al objetivo de inserción laboral, considerándose mínimos para tener por conseguido los objetivos de la subvención el de 15 personas participantes en el proyecto formativo y que, de los participantes, un mínimo del 30% cuenten en el plazo de tres meses desde la finalización de la acción formativa con un contrato de trabajo de, al menos, seis meses de duración, a jornada completa.

- El resultado obtenido en el indicador de inserción laboral es el que servirá de base para calcular el importe definitivo de la subvención modulándose en función de resultado alcanzado con respecto al propuesto. En consecuencia, el resultado obtenido en el indicador de inserción laboral servirá como criterio para determinar, en su caso, la cantidad final de reintegro.

- Ficha técnica para la descripción de los indicadores que contendrá: el número de participantes (partiendo del mínimo de 15 personas), las actividades formativas a realizar, la definición de lo que pretende medir, con expresión de metas, así como el cargo del responsable dentro de la entidad solicitante de recoger los datos de los indicadores.

- Apartado dedicado al presupuesto total del proyecto, diferenciando el importe de la subvención solicitada al Ayuntamiento, el importe obtenido a través de otras subvenciones y el de financiación de la propia entidad solicitante, en su caso.

 

La entidad reflejará esta información en el modelo normalizado, Anexo I memoria explicativa del proyecto cumplimentando los distintos apartados de información técnica y económica sobre el proyecto, pudiendo aportar cualquier otra documentación complementaria al respecto.

 

En el proyecto deberá quedar explicitada la forma de inserción laboral del alumnado, en particular si esta se llevará a efecto por la propia entidad solicitante o por otras entidades, en cuyo caso se habrá de aportar declaración en tal sentido de estas últimas mediante documento firmado por el representante legal de las mismas conforme Anexo II.

 

Artículo 9.- Criterios de valoración.

 

La evaluación de las solicitudes presentadas y los proyectos en ella contenidos se realizará por la Comisión de valoración, según los criterios establecidos por este artículo. La valoración total de cada proyecto presentado será la suma de los puntos obtenidos en los distintos apartados, pudiendo obtener hasta un máximo de 100 puntos, constituyendo la prioridad de valoración los aspectos relacionados con el fomento y la promoción de la inserción laboral y del empleo de calidad, todo ello de acuerdo con los datos obrantes en el formulario de solicitud, Memoria y documentación explicativa del proyecto.

 

Criterios de valoración y ponderación de los proyectos solicitados, hasta un máximo de 100 puntos.

 

1. Descripción y fines del proyecto: Se tendrá en cuenta la descripción que se haga en cuanto a la concreción de los objetivos específicos y metodología, en relación con las actividades formativas a desarrollar, metas, indicadores, medios técnicos, personales y materiales que la entidad destine al desarrollo del proyecto (hasta 20 puntos).

- Precisión y coherencia en la formulación y definición de todas las actividades del proyecto en relación al objetivo de integración sociolaboral teniendo en cuenta el colectivo a que se dirige, así como del cronograma a desarrollar (20 puntos).

- Precisión y coherencia parciales en la formulación y definición de todas las actividades del proyecto en relación al objetivo de integración sociolaboral teniendo en cuenta el colectivo a que se dirige, así como del cronograma a desarrollar (10 puntos).

- Falta de precisión y coherencia en la definición de todas las actividades, así como del cronograma a desarrollar para el cumplimiento del objetivo de integración sociolaboral (0 puntos).

 

2. Presupuesto (hasta 30 puntos):

 

2.1. El presupuesto es equilibrado y ajustado al proyecto (hasta 20 puntos).

- El presupuesto es ajustado y existe equilibrio entre los diferentes conceptos de gasto (20 puntos).

- El presupuesto es parcialmente ajustado y existe un cierto equilibrio entre los diferentes conceptos de gasto (10 puntos).

- El presupuesto presentado no resulta ajustado ni equilibrado (0 puntos).

 

2.2. Existe cofinanciación propia de la entidad o de un tercero (hasta 10 puntos):

- Más de un 30% (10 puntos).

- De un 21 a un 30% (5 puntos).

- Hasta un 20% (2 puntos).

 

3. Garantía de inserción laboral: Se valorará los objetivos y previsión de resultados de inserción laboral que el contenido del proyecto contemple partiendo del mínimo de inserción garantizado de un 30% de las personas participantes (hasta 50 puntos).

 

3.1. Garantía de inserción laboral (hasta 20 puntos).

- El proyecto presenta un compromiso de inserción laboral de más de un 60% de las personas participantes (20 puntos).

- El proyecto presenta un compromiso de inserción laboral de entre un 40 y un 50% de las personas participantes (10 puntos).

- El proyecto presenta un compromiso de inserción laboral de entre un 30 y un 39% de las personas participantes (5 puntos).

 

3.2. Resultados de inserción laboral (hasta 20 puntos).

- El contrato laboral ofrecido a las personas participantes en el proyecto supera la duración de un año a jornada completa (20 puntos).

- El contrato laboral ofrecido a las personas participantes en el proyecto se encuentra entre nueve meses y un año de duración a jornada completa (10 puntos).

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