Solicitud de hojas de reclamaciones del Sistema Unificado de Reclamaciones para establecimientos y empresarios
Información
Descripción
La Comunidad de Madrid tiene establecido un Sistema Unificado de Reclamaciones (SUR), con el fín de garantizar el derecho a reclamar de las personas consumidoras y un tratamiento uniforme de dichas reclamaciones. Para ello existe un modelo oficial de hojas de reclamaciones del Sistema Unificado de Reclamaciones (SUR).
Quedan exceptuados de la obligación de disponer de Hojas del Sistema Unificado de Reclamaciones (SUR) las actividades que tengan normativa propia sobre reclamaciones de consumo que deberán disponer de las hojas o el libro de reclamaciones recogido en la normativa sectorial de aplicación:
- Sector turístico (bares, cafeterías, restaurantes, agencias de viaje, hoteles, etc.).
- Sector de actividades de juegos y apuestas.
- Sector de espectáculos públicos.
- Sector sanitario.
- Sector de Servicios Sociales.
- Sector del transporte.
Consulte en "Información relacionada - Otros contenidos" el cuadro resumen de los criterios establecidos por la Comunidad de Madrid sobre estos sectores y otras excepciones.
¿A quién va dirigido?
Están obligados a disponer de Hojas o Libro de Reclamaciones las personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos que produzcan, faciliten, suministren o expidan, bienes, productos o servicios comercializados directamente a las personas consumidoras .
Importe
Gratuito.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- Presencialmente: Puede recoger las hojas de reclamaciones en la OMIC central (Calle Príncipe de Vergara, 140) en horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas, y en las Oficinas Municipales de Consumo de los Distritos, en horario de lunes a viernes de 9 de 11 horas.
- También puede descargarlas desde esta página en el apartado "Modelos de formularios".
Documentación
Documentación
Documentación acreditativa de la ubicación del establecimiento y de la actividad que realiza.
Para dicha acreditación pueden presentar los modelos de la Agencia Tributaria denominados "Declaración Censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores" que, dependiendo de si se trata de personas jurídicas o físicas, son actualmente los modelos 036 ó 037, respectivamente.