En caso de tramitación en línea de la solicitud de Tarjeta Azul, es necesario adjuntar una fotografía en formato: .jpg,.peg,.jpeg,.png. Tamaño entre 50 KB y 5 MB.
En caso de tramitación presencial en una Oficina de Atención a la ciudadanía de Línea Madrid:
No se aportará fotografía de carné, ya que ésta se realiza en la Oficina de Atención a la Ciudadanía en el momento de la solicitud.
- Documentación general para aportar en todos los casos
Documento de identidad
En todos los casos, la persona solicitante deberá presentar su documento de identidad en vigor: DNI, NIE o Tarjeta de Residencia (no se admite pasaporte, porque con este tipo de documento no constan datos en la AEAT y por tanto no se puede realizar el cómputo del nivel de renta).
En función de la tipología de persona beneficiaria:
Sentencia de incapacidad legal y nombramiento de tutor, en caso de persona con incapacidad legal o menores tutelados.
Libro de familia o certificado de nacimiento, en caso de menores no tutelados, así como para acreditar el número de personas a cargo que conviven con la persona beneficiaria.
Resolución de la condición de pensionista, en caso de gran invalidez o incapacidad permanente total o absoluta de la seguridad social o clases pasivas o de pensionista por razón de edad.
Libro de familia, certificado de matrimonio o certificado de pareja de hecho, en el caso de cónyuge de persona beneficiaria.
Dictamen de discapacidad igual o superior al 33%, en caso de personas con discapacidad, si dicha resolución no está emitida por una comunidad autónoma, sino por otra administración pública.
Consentimiento firmado, en caso de menor de edad entre 7 y 18 años con discapacidad o persona con incapacidad legal. Se puede firmar presencialmente y/o entregar la solicitud firmada en una Oficina de Atención a la Ciudadanía. La 'Solicitud de Tarjeta Azul de Transportes' se puede descargar en el apartado ‘Información relacionada-Documentación asociada’.
En caso de autorización para la consulta automática de datos
La persona solicitante puede autorizar al Ayuntamiento de Madrid para realizar la consulta automática de los requisitos:
Datos AEAT: Mediante la Plataforma de Intermediación de Datos de la AEAT
Si la persona solicitante ha presentado varias declaraciones de renta en la AEAT, debe aportar físicamente un certificado resumen de la declaración de la renta.
Los datos AEAT que se consultan son los correspondientes al último ejercicio cerrado, de modo que:
- Para las solicitudes de Tarjeta Azul realizadas entre enero y julio se comprueba lo percibido dos años atrás (por ejemplo, para una solicitud realizada en abril de 2019 se tendrán en cuenta los datos de renta de 2017).
- Para las solicitudes realizadas entre agosto y diciembre se comprueba lo percibido el año anterior (por ejemplo, para una solicitud realizada en octubre de 2019 se tendrán en cuenta los datos de renta de 2018).
Si la solicitud se presenta con posterioridad al 10 de julio del año en curso y es rechazada por superar el nivel de renta con la información facilitada por la AEAT, entre esa fecha y el 9 de julio del año siguiente no se debe volver a presentar una nueva solicitud, porque se seguirá rechazando, debido a que se consultará la misma información fiscal. Debe esperar a su recomprobación de oficio. Si, por el contrario, en la solicitud rechazada hay datos de la AEAT y del INSS y se tiene constancia de que dichos datos del INSS han variado, puede acudir a una Oficina de Atención a la Ciudadanía (con cita previa) para solicitar la recomprobación del requisito económico
Datos INSS: Mediante la Plataforma de Intermediación de Datos del INSS
En su caso, dictamen de discapacidad: Mediante la Plataforma de Intermediación de Datos de la comunidad autónoma emisora del dictamen (con excepción del País Vasco, Ceuta y Melilla que no ponen datos a disposición de la PID).
En su caso, reconocimiento de grado de dependencia: Mediante la Plataforma de Intermediación de Datos del IMSERSO
En caso de oposición a la consulta automática de datos
Si la persona solicitante se opone a la consulta automática de los requisitos, deberá aportar físicamente la siguiente documentación:
- Certificado de empadronamiento
- Certificado resumen de la declaración de la Renta (no se admite el justificante de haber presentado la declaración) o un certificado de imputaciones. Ambos documentos se deben solicitar en la AEAT.
- Certificado de prestaciones o una certificación negativa del INSS. El certificado de prestaciones se puede solicitar a través de la Sede electrónica del INSS. Consulte más información en: https://run.gob.es/certificadoprestaciones
- Certificado de reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33% emitido por una comunidad autónoma o Tarjeta Acreditativa de Discapacidad vigente con grado de discapacidad igual o superior al 33% para las tipologías de “Persona con discapacidad igual o superior al 33%” (mayor y menor de 18 años)
- Reconocimiento del grado de dependencia para la tipología “Personas valoradas como dependientes en cualquiera de sus grados”.
- Cada vez que se realicen recomprobaciones de requisitos tendrá que aportar toda la documentación anterior presencialmente en una Oficina de Atención a la Ciudadanía (con cita previa en las oficinas auxiliares).