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Padrón Municipal. Alta y cambio de domicilio en Padrón

Información

Descripción

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quien viva en más de un municipio se inscribirá en el que resida durante más tiempo al año.

Disponible el nuevo Asistente de Documentación para el Padrón, herramienta de ayuda en el trámite para los casos de empadronamiento de hasta dos mayores de edad.

Alta en el padrón de la ciudad de Madrid. 

  • Alta por cambio de residencia: personas que han fijado su residencia habitual en el municipio de Madrid, procedentes de otro municipio o del extranjero.
  • Alta por nacimiento: se realiza de oficio por el Ayuntamiento a través de la información facilitada por el Registro Civil, inscribiéndose al nacido en el domicilio en el que figuren empadronados ambos o uno de sus progenitores, dándose preferencia en este último caso al domicilio en el que figure inscrita la madre. También es posible dar de alta en el Padrón a los recién nacidos a solicitud de los padres que tengan su guarda o custodia, o, en su defecto, de sus representantes legales.
  • Alta por omisión: personas que, residiendo habitualmente en el municipio de Madrid, no figuran inscritas en el Padrón. o desconoce el municipio de su anterior inscripción padronal.

Cambio de domicilio.

Personas que estando empadronadas en el municipio de Madrid cambian su residencia a otro domicilio del municipio.

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Presencial

Con cita previa obligatoria

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