Constitución de garantías ante el Ayuntamiento de Madrid
Información
Descripción
La constitución de garantías puede realizarse por los siguientes medios:
GARANTÍAS MEDIANTE AVAL O CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
El Ayuntamiento de Madrid ha puesto en funcionamiento la Plataforma Electrónica de Garantías (PLEGA), una herramienta que permite la tramitación electrónica del proceso de constitución y devolución de garantías mediante aval o seguro de caución.
A partir de la entrada en funcionamiento de PLEGA será la entidad garante (bancos, compañías de seguros, etc) la que a través de la citada plataforma deba realizar, en nombre del garantizado, todas las gestiones para constituir la garantía. Los garantizados o constituyentes tendrán puntual información de todas las actuaciones que se realicen en su nombre en el proceso constitutivo.
Las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de garantizado NO tendrán que hacer ninguna actuación ante el Ayuntamiento de Madrid en el momento de la constitución. En las garantías de procedimientos de contratación, una vez emitido el justificante de constitución de garantía, éste deberá ser remitido por el contratista a través de la Plataforma de Contratación.
Revisada la solicitud de la constitución de garantía y su documentación, si es correcta, el garante y el garantizado recibirán, a través de PLEGA, un justificante de constitución de la garantía para su presentación ante el órgano gestor correspondiente.
En caso de que la instancia adolezca de algún tipo de defecto se requerirá la subsanación de los mismos.
La firma de la garantía a través de PLEGA deberá realizarse por los apoderados de la entidad garante
GARANTÍAS EN METÁLICO
Mediante abonaré, que será facilitado por el órgano gestor que esté tramitando el expediente que exige la garantía. En caso de que por la naturaleza del expediente no sea posible facilitar un abonaré, el órgano gestor del expediente le indicará la forma de realizar el pago de la constitución de la garantía.
¿A quién va dirigido?
MEDIANTE AVAL O CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
- Será la entidad garante (bancos, compañías de seguros, etc.) la que a través de la plataforma disponible en el apartado "Tramitar en Línea" deba realizar, en nombre del garantizado, todas las gestiones para constituir la garantía.
-
Las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de garantizado no tendrán que hacer ninguna actuación ante el Ayuntamiento de Madrid. Una vez firmada la garantía por la entidad garante, el garantizado podrá consultar el estado de tramitación y solicitar la devolución de la garantía cuando se cumplan los requisitos establecidos.
GARANTÍAS EN METÁLICO
-
El garantizado, persona física o jurídica, deberá constituir la garantía ante la Caja del Ayuntamiento de Madrid.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
MEDIANTE AVAL O CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
- En línea: a través del enlace disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
GARANTÍAS EN METÁLICO
- Lo deberá hacer el garantizado mediante abonaré, que será facilitado por el órgano gestor que esté tramitando el expediente que exige la garantía y conforme a las instrucciones facilitadas por este.
Documentación
Documentación
MEDIANTE AVAL O CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Como información relacionada, existen 13 modelos de garantías para los distintos procedimientos:
- Modelos del I al IV en procedimientos contractuales.
- Modelos del V al XI en procedimientos recaudatorios.
- Modelos XII y XIII para otro tipo de garantías
Las instancias tramitadas a través de PLEGA NO requieren la cumplimentación previa del modelo, será el propio aplicativo el que genere tal modelo en el momento de la firma de la instancia por los apoderados de las entidades garantes.
Más Información
Tramitación
MEDIANTE AVAL O CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
-
Todas las actuaciones necesarias para constituir las garantías se canalizarán a través de los garantes, si bien los garantizados o constituyentes tendrán puntual información de todas las actuaciones que se realicen en su nombre en el proceso constitutivo.
-
Revisada la solicitud de la constitución de garantía y su documentación, si es correcta, el garante y el garantizado recibirán, a través de PLEGA, un justificante de constitución de la garantía para su presentación ante el órgano gestor correspondiente.
-
En caso de que la instancia adolezca de algún tipo de defecto se requerirá la subsanación de los mismos.
-
La firma de la garantía a través de PLEGA deberá realizarse por los apoderados de la entidad garante.
- Puede cosultar el manual de uso disponible en el apartado "Información relacionada - Documentación asociada"
Resolución de incidencias:
-
Consultas jurídicas: puede dirigirse al correo electrónico de la Caja de la Tesorería del Ayuntamiento de Madrid: tesoreriacaja@madrid.es.
-
Consultas técnicas: utilice el apartado correspondiente dentro de PLEGA, siguiendo las instrucciones contenidas en el manual de uso.
Fundamento legal
Entidad Gestora
Tesorería Municipal
Tramitar
Presencial
Con cita previa obligatoria
Concertar cita previa en el correo tesoreriacaja@madrid.es