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Subvenciones a federaciones y confederaciones que desarrollen proyectos de itinerarios de mejora de competencias y empleo para personas con discapacidad 2023

Del 05/10/2023 hasta 26/10/2023 Tramitar en línea

Información

Descripción

Resolución del gerente de la agencia para el empleo, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a federaciones y confederaciones que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos de itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y/o personas con discapacidad por enfermedad mental.

¿A quién va dirigido?

¿Quién lo puede solicitar?

Federaciones y confederaciones que desarrollen, en la ciudad de Madrid, proyectos que incluyan itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo, dirigidos a los destinatarios definidos en la presente convocatoria.

¿A quién va dirigido?

Son destinatarias de la presente convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener reconocida una discapacidad intelectual o del desarrollo o una discapacidad por enfermedad mental, igual o superior al 33%, acreditado mediante un certificado vigente en la fecha de su incorporación al proyecto y emitido por el órgano competente.
  2. Estar empadronado en el municipio de Madrid en la fecha de incorporación al proyecto.
  3. Estar inscrito como demandante de empleo en el momento de su incorporación al proyecto o dentro de los 15 días siguientes a que esta se produzca.

Plazo

05/10/2023 - 26/10/2023

Importe

El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000€) para el año 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 503/140/241.09/489.01 “Otras transferencias a Instituciones sin fines de lucro” del Presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid del ejercicio 2023

Requisitos

Requisitos

Podrán ser beneficiarios las federaciones y confederaciones que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de presentación de la solicitud, que deberán mantenerse, al menos, durante el periodo en el que disfruten de la condición de beneficiarios:

  1. Tener personalidad jurídica propia y carecer de ánimo de lucro.
  2. Que en sus fines se incluya la promoción e inclusión en el ámbito laboral, entre otros, de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y/o de las personas con discapacidad por enfermedad mental.
  3. Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial de la ciudad de Madrid.
  4. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  5. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
  6. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  7. No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del RGS, se hubiera realizado o no.
  8. Estar inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid en la categoría 18 “De personas con discapacidad”.

No podrán concurrir entidades cuyos fines, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres o resulten discriminatorios por razón de sexo.

De conformidad con el artículo 13 de la OBRS, cuando el beneficiario sea una persona jurídica, los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero, tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

 

 

Documentación

Documentación

  • Escritura pública de constitución o acta fundacional del solicitante, en su caso, con sus posibles modificaciones posteriores, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Oficial, donde conste al menos el representante legal, los fines de la entidad y el año de fundación.
  • Solicitud de domiciliación bancaria (Documento normalizado "T" alta de pago por transferencia) debidamente cumplimentado y firmado, junto con un certificado bancario en el que se indique el IBAN, el NIF y la razón social titular del mismo.
  • Anexo I, “Memoria explicativa del proyecto”, debidamente cumplimentado y firmado por el representante legal de la entidad. Se deberá acompañar de documentación acreditativa de la experiencia declarada en el apartado 9.1.b). 

Declaraciones responsables que deberán formularse cumplimentando el espacio reservado para ello en el formulario de solicitud:

  1. Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que ésta no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  2. Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante, haciendo constar que no tiene pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.
  3. Declaración de que la documentación que se presenta con la solicitud y con cualquier otro trámite asociado al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación, es una copia idéntica del documento original y que los datos contenidos son ciertos. Las referidas declaraciones se suscribirán en la propia solicitud.

La firma del formulario de solicitud comportará la autorización, marcando las casillas correspondientes, para obtener por medios electrónicos los datos relativos a la obligación de estar al corriente con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y con la Agencia Tributaria Madrid (ATM). En caso de no marcar este consentimiento para la consulta y comprobación de los datos, el interesado estará obligado a aportar los certificados vigentes correspondientes.

Más Información

Tramitación

Fase 1 Convocatoria:

  • Publicado en BOAM de fecha 2 de octubre de 2023, número 9481.
  • Publicado en BOCM de fecha 4 de octubre de 2023, número 236

Fase 2 Resolución tramitación de urgencia

  • Publicado en BOAM de fecha 19 de octubre de 2023, número 9493

Fase 3 Propuesta de resolución provisional

  • Publicado en Sede Electrónica y Madrid.es el 15 de noviembre de 2023

Fase 4 Propuesta de resolución definitiva

  • Publicado en Sede Electrónica y Madrid.es el 18 de diciembre de 2023

Fase 5 Resolución definitiva

  • Publicado en Sede Electrónica y Madrid.es el 20 de diciembre de 2023

 

 

Fundamento legal

La presente convocatoria responde a los objetivos y efectos que se incluyen en la línea de subvención 2: Fomento de Empleo, del Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo 2023-2025 (actual Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda de acuerdo con el Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde, por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid), en concreto, la Actuación 2.1.3 Convocatoria pública de subvenciones a federaciones y confederaciones que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos de itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y/o personas con discapacidad por enfermedad mental.

En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de junio de 2023, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, se convoca en régimen de concurrencia competitiva una subvención de la Agencia para el Empleo de Madrid para el desarrollo de itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo en el año 2023 .

Entidad Gestora

Agencia para el Empleo de Madrid

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