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Solicitud de cesión del derecho de uso de las plazas de aparcamientos para residentes

Información

Descripción

Los titulares del derecho de uso sobre una plaza de aparcamiento municipal pueden cederlo a otra persona por el valor actual del derecho de uso. La regla general es la cesión a las personas integrantes en lista de espera del aparcamiento en el caso de que existiera no obstante podrá cederse a una persona no incluida en lista de espera en los siguientes casos:

  • a) El fallecimiento del titular del derecho de uso permitirá a uno de sus herederos adquirir de forma directa el derecho de uso con carácter preferente sobre la lista de espera, siempre que se encuentre empadronado dentro del área de influencia del aparcamiento.
  • b) En caso de que el derecho de uso se adjudique a uno de los cónyuges por sentencia o convenio regulador éste tendrá preferencia para adquirir de forma directa el derecho de uso sobre la plaza con carácter preferente sobre la lista de espera.
  • c) En el caso de venta de vivienda el comprador deberá estar empadronado en la misma y tendrá preferencia para adquirir de forma directa del derecho de uso sobre la plaza con carácter preferente sobre la lista de espera.
  • d) El residente en el mismo domicilio que un titular de un derecho de uso al que está vinculada la plaza, tendrán preferencia para adquirir de forma directa el derecho de uso con carácter preferente sobre la lista de espera. 
  • e) Cuando no exista lista de espera en un aparcamiento la Administración podrá autorizar al titular de un derecho de uso para que identifique una persona interesada en adquirirlo.

El valor del derecho de uso se calcula por parte de los Servicios Técnicos Municipales, dicho valor evolucionará desde la fecha de la puesta en servicio hasta el final de la concesión disminuyendo linealmente en función del número de años transcurridos desde su puesta en servicio y revalorizándose anualmente conforme al Índice General de Precios al Consumo (IPC) o índice que lo sustituya.

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