Subvenciones para proyectos de acción humanitaria 2026
Información
Descripción
Abierto plazo de presentación:
El Ayuntamiento de Madrid abre un plazo hasta el 31 de julio a las 12:00 horas para que aquellas entidades interesadas y que cumplan los requisitos indicados en el documento “COMUNICACIÓN SOBRE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRECTAS DE ACCIÓN HUMANITARIA POR EL AYUNTAMIENTO DE MADRID PARA ATENDER A LA POBLACIÓN AFECTADA POR EL TERREMOTO DE VENEZUELA” .puedan presentar una solicitud de proyecto de acción humanitaria para atender a la población afectada por el terremoto de Venezuela.
Convocatorias finalizado plazo de presentación:
El Ayuntamiento de Madrid, publica la solicitud de subvenciones directas para financiar proyectos de acción humanitaria en Ucrania (duración máxima un año) y en Sahel (duraciónde 2 años).
El sector de actuación en Ucrania será la atención a necesidades básicas y en Sahel, la protección, la seguridad alimentaria y protección de la salud, y el enfoque integrado de educación y protección de lainfancia.
Se financiarán proyectos en los siguientes países:
- Europa: Ucrania
- África: Mali, Mauritania, Níger, Chad,
Se puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación"
¿A quién va dirigido?
Pueden ser beneficiarios los Organismos Internacionales de derecho público creados por Tratado o Acuerdo Internacional y sus Comités Nacionales en España, así como las Entidades españolas sin ánimo de lucro acreditadas como calificadas por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la ejecución de convenios y que dentro de su misión estatutaria se encuentre la acción humanitaria.
Plazo
10/07/2026 - 31/07/2026
Requisitos
Requisitos
Toda la información disponible en el documento Comunicación sobre la concesión de subvenciones directas de acción humanitaria por el Ayuntamiento de Madrid para atender a la población afectada por el terremoto de Venezuela.
Las subvenciones se condederán de forma directa mediante Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, que será notificado a las entidades beneficiarias. Estas habrán de aceptar la subvención en un plazo de 7 días naturales que supondrá la aceptación del régimen jurídico establecido para la misma.
Las entidades beneficiarias de una subvención directa para intervenciones de acción humanitaria se comprometen a iniciar el proyecto en el plazo de 45 días naturales desde la recepción de la notificación del Decreto de concesión de la subvención. Recibida la notificación del Decreto dispondrán de un plazo de 7 días hábiles para comunicar la fecha real de inicio del proyecto.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea: a través del enlace disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
El plazo para presentación de solicitudes de subvención para proyectos en Venezuela:
Hasta el viernes 31 de julio a las 12h.
El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el 31 de julio. El límite para grabar y registrar la solicitud en la aplicación informática serán las 12.00 horas (hora peninsular española) del último día de plazo. A esa hora se cerrará la aplicación informática. Las solicitudes recibidas fuera de este plazo no serán tenidas en cuenta.
Documentación
Documentación
Disponible en Modelos formularios. Acceso al formulario. Seleccione el trámite que desea realizar.
“Solicitud de subvención” a la que deberá adjuntarse la siguiente documentación obligatoria:
- Anexo 1: Proyecto de Acción humanitaria.
- Anexo 2: Presupuesto del proyecto por partidas, subpartidas y actividades.
- Acreditación de la calificación de la AECID.
En el caso de que se incluya en el presupuesto costes indirectos, estos no podrán superar el 8% del total de los costes directos y deberá presentarse estudio económico firmado por el responsable de la entidad que justifique el porcentaje de costes indirectos imputados a la subvención.
Más Información
Tramitación
Fundamento legal
- Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo de 2025, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley general de Subvenciones.
- Acuerdo de 13 de septiembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la aplicación de la transversalidad de género en el Ayuntamiento de Madrid.
- Ordenanza de Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013.
Entidad Gestora
Dirección General de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo- SG. Cooperación al Desarrollo