Padrón Municipal. Baja por fallecimiento
Información
Descripción
Las bajas en el Padrón por fallecimiento se realizan de oficio a través de la información facilitada por el Registro Civil.
También es posible dar la baja en el Padrón de los fallecidos, previa presentación del certificado de defunción o libro de familia donde conste el fallecimiento inscrito.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: a través del enlace que se encuentra a su disposición en el apartado Tramitar - En línea
- Con identificación electrónica.
- Presencialmente:con cita previa obligatoria en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía-Línea Madrid. Puede solicitar cita previa a través de los siguientes canales:
- En línea: a través del enlace www.madrid.es/citaprevia, seleccione en categoría, Padrón y censo y en trámite o servicio Altas, bajas y cambio de domicilio en Padrón. O bien en el apartado Tramitar - Presencial, pulse sobre el enlace Concertar Cita Previa.
- Por teléfono: a través del teléfono gratuito 010, si llama desde la ciudad de Madrid, o del 914 800 010, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera (se factura como cualquier otra llamada al municipio de Madrid, en función de las tarifas que tenga contratado el abonado llamante).
- Redes sociales:
- X (antiguo Twitter): @Lineamadrid
- Messenger de Facebook: @Lineamadrid
- Chat en línea: Pulsando el icono 'Chat on line Línea Madrid'.
- Presencialmente: En cualquiera de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (OAC)
Documentación
Documentación
- En linea: deberá adjuntar la siguiente documentación
- Certificado de defunción o Libro de familia donde conste el fallecimiento inscrito:
- Para supuestos de ciudadanos empadronados fallecidos dentro del territorio nacional: certificado de defunción expedido por el Registro Civil del lugar de fallecimiento.
- Para supuestos de ciudadanos empadronados fallecidos en el extranjero: certificado de defunción expedido por el Registro Civil del país del fallecimiento, traducido y certificado oficialmente, o el expedido por el Registro Civil de la oficina Consular española sita en el país del fallecimiento.
- Certificado de defunción o Libro de familia donde conste el fallecimiento inscrito:
- Presencialmente: se deberá presentar la documentación original:
- Impreso de solicitud de modificación y actualización de datos personales. Descargue el impreso que encontrará en Modelos de formularios y cumpliméntelo.
- Certificado de defunción o Libro de familia donde conste el fallecimiento inscrito.
- Para supuestos de ciudadanos empadronados fallecidos dentro del territorio nacional: certificado de defunción expedido por el Registro Civil del lugar de fallecimiento.
- Para supuestos de ciudadanos empadronados fallecidos en el extranjero: certificado de defunción expedido por el Registro Civil del país del fallecimiento, traducido y certificado oficialmente, o el expedido por el Registro Civil de la oficina Consular española sita en el país de fallecimiento.
- Documento de identidad de la persona que comparece a realizar el trámite.
Para poder obtener el Certificado de empadronamiento actualizado debe aportar la documentación que acredite un interés legítimo (Libro de familia, Declaración de herederos,..) y documento de identificación de la persona fallecida. Puede obtener más información consultando el trámite Padrón Municipal. Solicitud de justificantes de empadronamiento apartado Documentación
Más Información
Fundamento legal
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
Entidad Gestora
Servicio de Padrón de Habitantes
Tramitar
Presencial
Con cita previa obligatoria
Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid
Seleccione en categoría: Padrón y en trámite o servicio: Alta, Baja y Cambio de domicilio