Subvenciones para la realización de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo 2023
Información
Descripción
El Ayuntamiento de Madrid, publica en el BOAM nº 9323, de 13 de febrero de 2023, la convocatoria pública de subvenciones para financiar proyectos de cooperación internacional para el desarrollo. Publicada en el BOCM nº 37 de 13 de febrero de 2023.
La convocatoria se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva.
Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria tienen por objeto la cofinanciación de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo que deberán tener como finalidad el avance hacia los ODS y sus metas, mediante intervenciones de desarrollo local sostenible y de fortalecimiento de la gobernabilidad local alineadas con la Agenda 2030, en línea con las directrices en que se fundamenta el trabajo de los actores del sistema español de cooperación plasmadas en el V Plan Director de la Cooperación Española 2018-2021.
Se cofinanciarán proyectos en los siguientes países:
- África: Mali, Marruecos, Mauritania, Mozambique, Níger y Senegal.
- Centroamérica: El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua y República Dominicana.
- América del Sur: Bolivia, Colombia, Ecuador, Paraguay y Perú.
- Asia: Filipinas.
Los proyectos promoverán la consecución de las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Dichas intervenciones, de acuerdo con lo establecido en el Marco estratégico, se basarán en un enfoque práctico, estarán definidos de una forma entendible y concreta y perseguirán resultados tangibles y reconocibles relacionados con alguno de los cuatro ámbitos establecidos en el Marco estratégico:
a) Preservar el planeta:
1º) Fomentar la resiliencia ante desastres ambientales, económicos y sociales.
2º) Lograr el acceso universal y equitativo al agua potable.
3º) Lograr el acceso a servicios de saneamiento e higiene.
4º) Mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación y aguas residuales, y aumentando reciclado y reutilización.
5º) Aumentar la proporción de energía renovable en el conjunto de las fuentes energéticas.
6º) Proporcionar acceso a transporte público.
7º) Aumentar la urbanización inclusiva y la capacidad para una planificación y gestión participativa, integrada y sostenible.
8º) Reducir el impacto ambiental en ciudades.
9º) Reducir la generación de desechos mediante la prevención, reducción, reciclado y reutilización.
10º) Fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales.
b) Construir la paz:
1º) Poner fin a todas las formas de discriminación.
2º) Eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas.
3º) Asegurar la participación plena de la mujer e igualdad de oportunidades.
4º) Asegurar el acceso a la salud sexual y reproductiva y derechos reproductivos.
5º) Promover la inclusión social, política y económica de todas las personas.
6º) Reducir todas las formas de violencia.
c) Lograr una prosperidad compartida:
1º) Incrementar la productividad e ingresos agrícolas a pequeña escala.
2º) Aumentar las competencias para acceder al empleo.
3º) Reconocer el trabajo de cuidados y doméstico.
4º) Fomentar la formalización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas.
5º) Lograr el pleno empleo y el trabajo decente.
6º) Fomentar las alianzas público-privadas.
d) Las personas en el centro:
1º) Erradicar la pobreza extrema.
2º) Implantar sistemas de protección social.
3º) Poner fin a todas las formas de malnutrición.
4º) Poner fin a las enfermedades transmisibles.
5º) Reducir las enfermedades no transmisibles y de salud mental.
6º) Contribuir a la cobertura sanitaria universal.
7º) Asegurar la calidad de la educación primaria y secundaria.
8º) Fomentar la educación global para el desarrollo sostenible.
Los proyectos incorporarán de manera indubitada y con carácter transversal los enfoques de respeto y garantía de los derechos humanos y de igualdad de género.
Se puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación
¿A quién va dirigido?
A entidades o agrupaciones que tengan como fines institucionales la realización de actividades de cooperación para el desarrollo.
Requisitos
Requisitos
Para participar en la presente convocatoria, las entidades o agrupaciones de entidades, deberán cumplir a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas en España, tener personalidad jurídica y capacidad de obrar.
b) Tener como personalidad jurídica la forma de Asociación, Fundación o Federación de asociaciones.
c) Carecer de ánimo de lucro.
d) Tener como fines institucionales la realización de actividades de cooperación internacional para el desarrollo.
e) Estar debidamente inscritas en el Registro nacional o autonómico de Asociaciones o Fundaciones, con al menos 2 años de anterioridad a la publicación de esta convocatoria.
f) Estar inscritas en el Registro de ONGD adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).
g) Disponer de sede abierta o delegación permanente en el municipio de Madrid dotada de personal permanente de la entidad, ya sea contratado o voluntario, en la que se desarrolle de forma habitual la actividad de gestión de proyectos.
h) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, según la memoria de la entidad y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
i) No estar incursa en ninguna de las circunstancias que se establecen en el artículo 13.2 y 13.3 de la LGS.
Agrupación de entidades:
Conforme a lo previsto en el artículo 11.3 de la LGS, podrán acceder a la condición de beneficiarias las agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
a) Se designará una entidad como líder y la persona que ostente su representación legal lo será a su vez de la agrupación. La entidad líder deberá reunir todos los requisitos exigidos en el art. 4.1 de la presente convocatoria. Ésta será la solicitante, la receptora y la responsable de la justificación de la subvención y actuará con poderes suficientes para cumplir las obligaciones de representación legal que como beneficiaria corresponden a la agrupación, sin perjuicio de la responsabilidad de los otros miembros de la agrupación.
b) Los restantes miembros de la agrupación deberán reunir por sí mismos, al menos, los requisitos exigidos en esta convocatoria para su concurrencia en los apartados a), c), e i) del artículo 4.1.
c) Los miembros de la agrupación tendrán el compromiso de suscribir, en caso de que su solicitud sea aprobada, en documento privado un acuerdo de colaboración para la realización conjunta de la actividad subvencionada. En dicho documento constarán, entre otras estipulaciones, la voluntad de las partes de concurrir conjuntamente a la convocatoria, la identificación de la persona que ostente la representación legal única a la que se refiere el apartado a), los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, la cuantía de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, la aportación de cada uno de ellos al proyecto subvencionado, el coste total del mismo y las actividades que realizará cada una de ellos, así como el compromiso para mantener la unión temporal hasta que se cumpla el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS. Este documento privado estará firmado por la persona que ostente la representación legal de cada una de las entidades que componen la agrupación.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
La subsanación se realizará a través de la opción “Aportar documentación a una solicitud presentada” a través de la Sede Electrónica. En el caso de que el requerimiento sea la presentación de la solicitud, se realizará a través de la opción "Tramitar una nueva solicitud".
El plazo de subsanación de solicitudes: Desde el 4 de abril de 2023 hasta el 19 de abril de 2023.
El plazo: Se concede un plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de subsanación de solicitudes en el BOAM.
Documentación
Documentación
Disponible ". para ambas convocatorias en "Tramitar en línea" (Registro electrónico). Acceso al formulario. Seleccione el trámite que desea realizar.
La solicitud de subvención se compone de la siguiente documentación, la cual es de obligada cumplimentación:
Solicitud de subvención, individual o agrupada en su caso
Anexo 1: Datos valorables de la entidad solicitante
Anexo 2: Datos valorables de la entidad local
Anexo 3: Datos generales del proyecto
Anexo 4: Datos valorables del proyecto
Anexo 5: Marco lógico del proyecto
Anexo 6: Presupuesto del proyecto por partidas, subpartidas y actividades
La entidad solicitante cumplimentará cada apartado de los Anexos. Cualquier modificación del formato de los anexos 1, 2, 3 y 4 invalidará los mismos, lo que supondrá de forma automática que no serán tenidos en consideración. En el Anexo 5. Marco lógico del proyecto se podrán incluir cuantos cuadros y filas se precisen y deberá presentarse en formato PDF y en el Anexo 6. Presupuesto del proyecto por partidas, subpartidas y actividades se podrá incluir cuantas filas y columnas se precisen y habrá de presentarse siempre en formato compatible con xls.
Habiendo advertido que el formulario “Otros datos valorables del proyecto. Anexo 4” no existe un campo destinado a escribir la información relativa al criterio de valoración 2.1.b Descripción del contexto social, cultural, económico y político, de la intervención propuesta y su posible impacto (hasta 2 puntos), se indica que dicha información debe incorporarse en alguno de los anexos de la documentación complementaria, indicando su ubicación al finalizar en campo del criterio 2.1.a) (página 2)
Más Información
Tramitación
- Fase 3 Resolución Provisional
Publicada en BOAM nº 9470 de fecha 15 de septiembre Propuesta de Resolución provisional de la Directora General de Inclusión Social de la convocatoria pública de subvenciones 2023 para la realización de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo.
Plazo de presentación de alegaciones: 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación.
- Fase 2 subsanación (04/04/2023-29/04/2023):
Resolución de 30 de marzo de 2023 del Director General de Cooperación y Ciudadanía Global por la que se concede el plazo para subsanar los defectos de las solicitudes presentadas a la convocatoria pública de subvenciones 2023 para la realización de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo. Publicado en BOAM nº 9357
Listado de entidades y de documentación a aportar
- Fase 1 convocatoria (14/02/2023-16/03/2023):
Decreto de 12 de diciembre de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2023 para la realización de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo (BOAM 9.323)
Fundamento legal
- LEY - - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Capítulos I a III del título I. Artículos 22-34.
- REAL DECRETO - - Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Capítulos I y II del Título I. Artículos 55-66.
- ORDENANZA - - Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. Capítulo III. Artículos 23-30 y capítulo X.
Entidad Gestora
Dirección General de Cooperación Internacional y Ciudadanía Global