Autorización para circular con vehículos pesados por la calle Gran Vía en Navidad
La presentación de la solicitud NO AUTORIZA a circular. Será necesario obtener la AUTORIZACIÓN expresa emitida por la Coordinación General de Seguridad y Emergencias.
Información
Descripción
Durante el periodo comprendido entre las 00:00 horas del día 28 de noviembre de 2024 hasta las 00:00 horas del día 7 de enero de 2025, por motivos de seguridad, los vehículos de más de 3.500 Kilogramos de MMA (Masa Máxima Autorizada), destinados bien para el transporte de mercancías, bien para el de personas, a excepción de aquellos que se especifican en la resolución que se encuentra a su disposición en el apartado "Información relacionada - Otros contenidos".
¿A quién va dirigido?
Titulares de vehículos de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada destinados al transporte de mercancías y/o personas.
Plazo
28/11/2024 - 07/01/2025
Requisitos
Requisitos
Será requisito imprescindible para quedar exceptuado de la prohibición de circulación impuesta, el haber recibido autorización expresa de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
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En línea: realizando la solicitud a través del enlace disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica).
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Plazo: con una antelación mínima de 4 días hábiles al día o días para los que se solicita la preceptiva autorización.
Documentación
Documentación
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Formulario de solicitud que deberá contener como mínimo:
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Motivo que exprese la necesidad de solicitar esta medida excepcional.
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Relación de vehículos con los siguientes datos: Marca, modelo, matrícula, MMA, que coincida con los datos que figuren en la ficha de características técnicas del vehículo ( aportar anverso) y permiso de circulación (aportar anverso), así como documentos de la ITV vigente que señale plazo de validez, que deberá abarcar el periodo para el que se solicita la autorización, así como documento del seguro del vehículo vigente donde conste plazo de validez que deberá abarcar el periodo para el que se solicita la autorización.
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Manifiesto de la carga que se porta, en el caso de ser un vehículo destinado al transporte de mercancías.
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Relación de personas, bien como conductor/es o bien como acompañantes con la filiación completa y con la aportación de los documentos de identidad por ambas caras y, además, en el caso de los conductores, el permiso de conducir, anverso.
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Documento para aportar datos del vehículo
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Documento para aportar datos del vehículo en caso de tratarse de vehículo extranjero
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Documento para aportar datos de los conductores
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Documento para aportar datos de los acompañantes
IMPRESCINDIBLE: EN CASO DE NO INCORPORAR A LA SOLICITUD LAS PLANTILLAS CON LOS DOCUMENTOS CITADOS, LA PETICIÓN NO PODRÁ SER TRAMITADA POR FALTA DE DOCUMENTACIÓN ESENCIAL.
ATENCIÓN: Una vez formulada la solicitud, en caso de tener que aportar documentación para completar o subsanar la inicialmente aportada, deberá hacerse a través del enlace "Formulario instancia general normalizada (en línea)", que se encuentra a su disposición en el apartado "Tramitar en linea", haciendo referencia al tipo de expediente: "Solicitud Autorización Restricciones de Tráfico", así como el número de expediente que se subsana y/o completa.
Más Información
Información complementaria
La presentación de la solicitud NO AUTORIZA a circular. Será necesario obtener la AUTORIZACIÓN, emitida por la Coordinación General de Seguridad y Emergencias.
Se muestran ejemplos de cómo deben cumplimentarse las plantillas de aportación documental de vehículos y conductores/acompañantes, disponibles en el apartado "Documentación asociada".
Fundamento legal
- Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. Artículos 14, 17 y 21
- Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid. Artículo 35, 38, 39.1, 40 y 41
- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Artículos 7 b), c) y f), 18 y 21
- Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. Artículos 45 y 47
- Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018. Artículos 14 y 25
- Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales. Artículo 1
Entidad Gestora
Coordinación General de Seguridad y Emergencias del Área de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid.
Tramitar
En línea
Solicitud de autorización para circular con vehículos pesados por la calle Gran Vía en Navidad
Formulario Instancia General Normalizada (en línea) Solo y exclusivamente para subsanar o mejorar la solicitud inicial pinchando en la opción "Aporte de documentación"