Saltar navegación

Ayudas para Acondicionamientos Geriátricos

Información

Descripción

El Ayuntamiento de Madrid ofrece prestaciones sociales de carácter económico para situaciones de especial necesidad a aquellas personas mayores que necesitan realizar adaptaciones en sus viviendas (ensanchamiento de puertas, cambio de bañera por plato de ducha, etc). Está regulado por el artículo 9 de la ordenanza reguladora. BOCM 29 de octubre de 2004.

¿A quién va dirigido?

Personas empadronadas en el Municipio de Madrid que presenten una discapacidad funcional, temporal o permanente, que les impida realizar las actividades de la vida diaria, o cuyas condiciones de vivienda no permitan o dificulten el desarrollo de dichas actividades.

Importe

La ayuda económica, computando cualquier otra por el mismo concepto otorgada por otra administración pública, está en función de la renta mensual per cápita y de los criterios de valoración establecidos por la Ordenanza. Esta ayuda cubrirá como máximo el 90% del coste del servicio que se subvenciona, debiendo el resto ser aportado por el beneficiario. Para la concesión de la ayuda es imprescindible la valoración de un profesional del sistema de Servicios Sociales.

Puede ver la tabla de aportaciones en la información relacionada.

Requisitos

Requisitos

  • Ser mayor de 65 años.
  • Estar empadronado en el distrito donde se presente la solicitud.
  • Acreditar la situación de necesidad.
  • Aportar la documentación exigida.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
  • Presencialmente: en los Centros Municipales de Servicios Sociales del Distrito donde se encuentre empadronado el solicitante, con cita previa obligatoria.

Documentación

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
  • Documento Nacional de Identidad de los miembros de la unidad familiar que lo posean y en el supuesto de extranjeros tarjeta de residente (sólo para indentificarse en la tramitación presencial).
  • Fotocopia de la documentación relativa a la pensión, siendo válida la fotocopia de la carta que cada año remite la Seguridad Social sobre la actualización de la pensión.  Si no se dispone de esta carta, se solicitará certificado en cualquier oficina de la Seguridad Social.
  • Declaración jurada, o promesa, en la que se haga constar que no se ha recibido de otros organismos, y para la misma finalidad, la ayuda que se solicita.
  • Documentos acreditativos de la situación de necesidad, determinantes de la solicitud. (Cualquier documento que acredite la necesidad del acondicionamiento solicitado derivado del estado de salud de la persona solicitante, tipo informe médico, reconocimiento de la dependencia o similiar)

Más Información

Tramitación

  1. Presentación de la solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios' en los centros de Servicios Sociales.
  2. Estudio y valoración, por los técnicos del distrito correspondiente, de la petición y de la  necesidad.
  3. Presentación de la documentación requerida.
  4. Elaboración del Diseño de intervención social.
  5. Decreto/Resolución del Concejal-Presidente de la Junta Municipal de Distrito, concediendo o denegando la ayuda económica.
  6. Notificación al solicitante de la Resolución/Decreto, indicando porcentaje de ayuda concedida.
  7. Justificación del gasto acreditado mediante factura de los pagos y gastos realizados.
  8. Comprobación de las ayudas.

Fundamento legal

  • Ley 1/2003 de 27 marzo de 2003. BOE Número 157 de 2 de julio de 2003.
  • Decreto 88/2002 de 30 de mayo de 2002. BOCM Número 136 de 10 de junio de 2002.
  • Ordenanza reguladora del procedimiento de concesión de prestaciones sociales de carácter económico para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social en los servicios sociales del Ayuntamiento de Madrid, septiembre de 2004.
  • Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familias e Igualdad, de 15 de diciembre de 2023, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los Servicios de Atención a Personas Mayores para el año 2024.

Entidad Gestora

Distritos del Ayuntamiento de Madrid

Subir Bajar