Informe de Viabilidad Urbanística
Información
Descripción
Mediante este tipo de informe, previsto en el artículo 12 de la Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas, los interesados podrán conocer la viabilidad de las actuaciones que deseen realizar.
Se podrá solicitar el informe de viabilidad urbanística para las siguientes actuaciones:
- Viabilidad urbanística para obras de nueva planta, ampliación y reestructuración general y total.
- Viabilidad urbanística para obras y usos en edificio existente.
- Viabilidad urbanística para implantar o modificar actividades.
- Viabilidad urbanística para actividades de espectáculos y recreativas (LEPAR).
El informe de viabilidad urbanística se simultaneará con la obtención de otros dictámenes preceptivos.
La solicitud se acompañará del formulario anexo correspondiente en función del tipo de informe solicitado.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en “Tramitar en línea” (Registro electrónico).
- Proyecto básico o documentación necesaria referida al cumplimiento de los requisitos esenciales
- Formulario de requisitos esenciales para la viabilidad urbanística (disponible en "Modelos de Formulario", deberá elegir el que corresponda según la actuación)
- Tasa por prestación de servicios urbanísticos
Más Información
Información complementaria
Respuesta del Ayuntamiento
- El Ayuntamiento dispone de un plazo de un mes para emitir el informe, salvo que requiera la obtención de otros dictámenes preceptivos (actuaciones que contemplen medidas prestacionales o que requieran un dictamen preceptivo de la comisión competente en materia de protección del patrimonio histórico-artístico y natural municipal)
- El informe de viabilidad urbanística, junto con la documentación exigida en el posterior procedimiento de licencia básica o de declaración responsable, producirá efectos vinculantes, siempre y cuando la normativa de aplicación fuera la misma, y no se hubieran introducido modificaciones en la actuación.
- El informe de viabilidad urbanística no exime del deber de obtener la licencia urbanística correspondiente o de presentar la Declaración Responsable o Declaración Previa correspondiente.
Fundamento legal
Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid
Acuerdo Pleno de 26 abril 2022. BOCM núm. 116 de 17 mayo 2022 Artículo 12
Entidad Gestora
Dirección General de la Edificación, Agencia de Actividades o Distritos, en función de sus competencias.